En los tradicionales Landmarks, según la versión de Mackey, en su art. Nº 21 se estipula: " La necesidad de que un libro de la Ley sea indispensable, como que contiene la voluntad Revelada del G.`. A.`.D.`.U.`.".
La ambigüedad de este Landmark ha ocasionado múltiples controversias pues la "voluntad revelada" varía sustancialmente según cada religión y sus respectivos Libros de la Ley.
La Biblia en nuestros Altares carece de toda significación religiosa y dogmática ya que de ser así iría contra nuestros Principios de Tolerancia y Respeto hacia todas las religiones conocidas, siendo únicamente un Símbolo de la Ley Moral y de la Fraternidad entre los hombres.
En cuanto a la autoridad de los Landmarks también hay profunda divergencias ya que, más que una Ley fija y determinada, es una tradición de Usos y Costumbres que no es oportunidad de analizar.
En nuestros Estatutos, Reglamentos y Constitución no hay nada sobre el particular, lo mismo que en la inmensa mayoría de las demás Obediencias Hermanas y sólo en la primera hoja de nuestros Rituales de 1ª grado vemos la siguiente explicación:
"Por ello, en la columna de las promesas se colocará la Biblia, o cualquier otro libro de una religión reconocida, juntamente con la escuadra, el compás, la Constitución de la Nación Argentina y la de la Orden. En consecuencia, cada masón, de acuerdo con sus convicciones, puede elaborar su propio concepción de estos símbolos, sin imposiciones dogmáticas de cualquier credo o religión".
Las viejas Corporaciones y Gremios, no utilizaban la Biblia en sus reuniones y posiblemente se empleaban en algunas de ellas al prestar juramentos. En un inventario de los útiles de una Logia de "Aceptados" en 1663 figuraba entre sus bienes una Biblia y como vemos por la fecha esto ocurría en plena hegemonía de la Iglesia de Roma. Naturalmente que antes de la era cristiana y en los primeros siglos de ésta, no hay constancia en la historia de las Corporaciones de ningún libro de la Ley.
Cuando en el siglo XVIII la Masonería se extendió en toda Europa, en Estados Unidos y parte de América Latina, la religión predominante era la Cristiana; en sus Talleres figuraban sacerdotes de las distintas ramas en que estaba fraccionado en cristianismo y es natural se utilizara la Biblia ya que de ella se habían tomado un sin número de alegorías y símbolos.
En 1728 a raíz de la conquista de la India por Inglaterra y al formarse Logias en ese país, los nativos presentaron el primer problema por el uso de la Biblia y se aceptó que prestaran juramentos con los Libros de sus respectivas religiones. Similar situación se presentó en China, Japón y países mahometanos.
Posteriormente en el Libro de la Ley se interpoló la palabra "Sagrada" y de ahí a que el Libro de la Ley Sagrada es la Biblia solo hay un paso.
Es de comprender que las Obediencias que nos auto denominamos "regulares" tenemos la obligación de colocar debajo de la Escuadra y el Compás en nuestro Altar el Libro de la Ley, como un símbolo de la Ley Moral y de la Fraternidad tal pienso así, como dicen los rituales de la Gran Logia Argentina.
En un principio en las Logias Inglesas, la Biblia se colocaba cerrada y posteriormente se empezó a abrir en distintas página según el criterio de cada uno, que encontraba en determinados versículos alusiones a cada grado.
Después con la extención de la Masonería los Cristianos usaron el Antiguo y Nuevo Testamento, los Judíos el Antiguo Testamento, los Mahometanos el Corán, los Budistas el Tripitaca, los Indus los Vedas, los Parsis el Zend Avesta y Logias que no aceptaban nuestro criterio sobre el libro de la Ley y que son conocidas como "irregulares": utilizaron un libro en blanco o el libro de las Constituciones, o el Ritual del Grado o el texto de la Constitución de su País o simplemente nada.
En cuanto al lugar en que debe abrirse la Biblia, las opiniones difieren debido a que no hay una autoridad habilitada para legislar sobre ese punto. Mencionaré las principales opiniones:
Las instrucciones contenidas en "Crosse`s Chart", Norte Americano, señala los siguientes pasajes:
1º G. Salmos133 - 2º G. Amós VII - 3º G. Eclesiastés XII.
Logias Inglesas y la mayoría de las N. Americanas:
1º G. Salmos133,I - 2º G. Amós VII, 7 y 8 - 3º G. Reyes I, VII, 13-16 o San Juan I
1º G. Salmos133,I - 2º G. Amós VII, 7 y 8 - 3º G. Reyes I, VII, 13-16 o San Juan I
En la Gran Logia de la Argentina
1º G. II Crónicas I - 2º G. Amos 7,7 y 8 - 3º Eclesiastés 12 1 al 7
1º G. II Crónicas I - 2º G. Amos 7,7 y 8 - 3º Eclesiastés 12 1 al 7
Publicado en: Revista Símbolo Nº II Año 1978 - Gran Logia de Argentina
Trabajo realizado por el Q.·.H.·. Marcial Ruíz - Or.·. de Mar del Plata, 24 de mayo de 1978
Trabajo realizado por el Q.·.H.·. Marcial Ruíz - Or.·. de Mar del Plata, 24 de mayo de 1978
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