A L:. G:. D:. G:. A:. D:. U:.
Or:. de Madrid, 28 de noviembre de 2006, e:. v:.
NOTA OFICIAL
De todos es conocido que cinco miembros de la Gran Logia de España denunciaron a nuestra Obediencia ante los tribunales profanos, en un vano intento de anular los resultados de la Gran Asamblea de Elección celebrada el pasado día 11 de marzo. El abogado que ha representado a los demandantes, fue miembro de nuestra Gran Logia hasta 11 días después de presentar la demanda. El motivo declarado para llevar a la Gran Logia de España ante los Tribunales Profanos: la supuesta ilegalidad de artículo 12 de la Constitución de la Gran Logia de España, en tanto que reserva el voto en las Grandes Asambleas a los Maestros Instalados.
Es de recibo hacer notar que no impugnaron el Decreto de Convocatoria de las Elecciones, ni la propia Constitución de la Gran Logia de España, previamente a la celebración de la Gran Asamblea de Elecciones, sino tras ella y la constatación de que la mayoría de los miembros de la Gran Asamblea se habían inclinado por un cambio de Gran Maestro, Gran Orador y Gran Tesorero.
Puede, pues, pensarse legítimamente que, de haber sido otro el resultado, ni los demandantes, ni los instigadores de la demanda, habrían tenido alegaciones que hacer, y la vigente Constitución de la Gran Logia de España ya no les habría parecido ni antidemocrática, ni falta de pluralismo.
No es, pues, exagerado pensar, que realmente ha sido una reacción de malos perdedores, miembros de nuestra Orden que tienen un sentido patrimonial de los oficios y ninguna conciencia democrática. Sin que sea aquí el sitio en el que juzgar la calidad masónica de actores e instigadores de la demanda, quienes no dudan en llevar a los Tribunales Profanos cuestiones internas de la Gran Logia de España, causando grave daño a su prestigio, máxime cuando el día del Juicio se hicieron acompañar (demandantes y testigos por ellos propuestos, entre ellos el pasado Gran Maestro), por miembros de la prensa, logrando así repercusión internacional.
Es importante constatar en la sentencia que se adjunta, que la Justicia Profana ha sabido recoger perfectamente el espíritu de nuestra organización interna. En la sentencia se desestima la demanda, al igual que en su día el Juzgado desestimó la pretensión de que se retrotrajera todo en la Gran Logia de España al momento inmediatamente anterior a la celebración de la Gran Asamblea de Elecciones.
Ahora le toca actuar a la Justicia Masónica y aclarar quien o quienes estaban tras la demanda y, quizás, depurar responsabilidades.
R:. H:. Miguel Angel de Foruria y Franco
Gran Inspector de Comunicación y Publicaciones.
Or:. de Madrid, 28 de noviembre de 2006, e:. v:.
NOTA OFICIAL
De todos es conocido que cinco miembros de la Gran Logia de España denunciaron a nuestra Obediencia ante los tribunales profanos, en un vano intento de anular los resultados de la Gran Asamblea de Elección celebrada el pasado día 11 de marzo. El abogado que ha representado a los demandantes, fue miembro de nuestra Gran Logia hasta 11 días después de presentar la demanda. El motivo declarado para llevar a la Gran Logia de España ante los Tribunales Profanos: la supuesta ilegalidad de artículo 12 de la Constitución de la Gran Logia de España, en tanto que reserva el voto en las Grandes Asambleas a los Maestros Instalados.
Es de recibo hacer notar que no impugnaron el Decreto de Convocatoria de las Elecciones, ni la propia Constitución de la Gran Logia de España, previamente a la celebración de la Gran Asamblea de Elecciones, sino tras ella y la constatación de que la mayoría de los miembros de la Gran Asamblea se habían inclinado por un cambio de Gran Maestro, Gran Orador y Gran Tesorero.
Puede, pues, pensarse legítimamente que, de haber sido otro el resultado, ni los demandantes, ni los instigadores de la demanda, habrían tenido alegaciones que hacer, y la vigente Constitución de la Gran Logia de España ya no les habría parecido ni antidemocrática, ni falta de pluralismo.
No es, pues, exagerado pensar, que realmente ha sido una reacción de malos perdedores, miembros de nuestra Orden que tienen un sentido patrimonial de los oficios y ninguna conciencia democrática. Sin que sea aquí el sitio en el que juzgar la calidad masónica de actores e instigadores de la demanda, quienes no dudan en llevar a los Tribunales Profanos cuestiones internas de la Gran Logia de España, causando grave daño a su prestigio, máxime cuando el día del Juicio se hicieron acompañar (demandantes y testigos por ellos propuestos, entre ellos el pasado Gran Maestro), por miembros de la prensa, logrando así repercusión internacional.
Es importante constatar en la sentencia que se adjunta, que la Justicia Profana ha sabido recoger perfectamente el espíritu de nuestra organización interna. En la sentencia se desestima la demanda, al igual que en su día el Juzgado desestimó la pretensión de que se retrotrajera todo en la Gran Logia de España al momento inmediatamente anterior a la celebración de la Gran Asamblea de Elecciones.
Ahora le toca actuar a la Justicia Masónica y aclarar quien o quienes estaban tras la demanda y, quizás, depurar responsabilidades.
R:. H:. Miguel Angel de Foruria y Franco
Gran Inspector de Comunicación y Publicaciones.
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Sentencia a favor ... |
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